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hilando recuerdos

Los colonos van perdiendo libertad

El imperio zarista restringe la libertad de los colonos

Investigación especial VI

A medida que transcurría el tiempo en las aldeas en el Volga, los inmigrantes iban perdiendo casi todos los derechos que el Imperio les había concedido en el Manifiesto y en la firma de los contratos. Lentamente fueron quedando aprisionados en una urdimbre de leyes que por poco hasta les quita la libertad: único bien preciado que conservaron en medio de un pueblo que todavía vivía en la servidumbre, inmerso en plena Edad Media.

Creación de la Cancillería Tutelar

“Al poco tiempo de instaladas las colonias pioneras –escribe Olga Weyne-, la zarina Catalina II creó la denominada Cancillería Tutelar para extranjeros. Dependiente de ésta era el Kontor o delegación oficial de la Corona en el centro del área de colonización: Saratov. Estaba integrado por los directores de cada colonia, que eran funcionarios oficiales.

Las facultades del Kontor en Rusia –institución extinguida recién a fines del siglo XIX- entendía y sentenciaba sobre los delitos comunes de los colonos con lo cual se anulaban en gran medida los derechos por el manifiesto de 1763 donde se los definía como hombres libres.

La burocracia enquistada en el Kontor parece haber tenido mucho que ver con el estancamiento y pobreza iniciales y con el retraso cultural sufrido por las colonias. La rigidez de sus disposiciones llegó hasta la prohibición del ejercicio, siquiera temporario, del comercio o de actividades extra, contrariando del mismo modo las promesas iniciales.

Un Juez supremo ordenaba castigos corporales -cadenas en los pies, azotes con el Knut (látigo)- o cárcel y trabajos forzados a los infractores, hasta que la aldea pagara el rescate con dinero.

Les estaba prohibido desplazarse libremente a mas de 32 Km. de sus pueblos sin autorización expresa del director de la colonia. En 1843 se exigió a los pobladores absorber las deu­das de las personas desaparecidas, esto es, muertas o captura­das por las tribus nómades. El derecho de sucesión, además, fue afectado por la aplicación del MIR, anulándose las anteriores asignaciones de tierras”.

“El go­bierno –acotan al respecto Popp y Dening-, recién les informó a los colonos a 10 ó 12 años de instalados su vigencia y el MIR fue aplicado, anulando toda asignación anterior de tierras, iniciándose una redistribución de las mismas, conforme al número de varones que había en cada familia en las aldeas; en este momento, to­dos perdían el campo que cultivaban, quedando el nuevo loteo en manos del azar, ya que el sorteo decidía al nuevo adjudicatario.

Cada decenio, las parcelas se reducían notablemente; vale decir, que inicialmente cada varón recibió 15,5 has de campo laborable y en el año 1914 —no obstante la cuantiosa emigración— la cantidad se redujo a sólo 1,9 has, pese a las ampliaciones concedidas. El MIR fue un conjunto legal que paralizaba y desalentaba a los agricultores jó­venes y emprendedores, fomentando la desidia y negligencia en el trabajo rural; ¿qué interés podía tener un colono en introducir mejo­ras en su parcela, si en pocos años debía entregarla? Sujetos al azar y sin continuidad, contrajeron hábitos negativos que se observaban aún después en sus establecimientos rurales de la Argentina.

Señalaremos otras consecuencias marginales del MIR: 1) Desco­nocía todo derecho al usufructo de las tierras por parte del sexo fe­menino. 2) Significaba una injusta asignación de las tierras al grupo familiar con hijos de sexo desproporcionado; así un padre con hijas mujeres solamente recibía muy poca tierra y en cambio quien tenía muchos varones las recibía en exceso. 3) Permanente disminución de las superficies laborales, lo cual provocaba el empobrecimiento de la comunidad, no obstante la laboriosidad personal; debemos mencio­nar —como ya aclaramos— que la exclusión de las mujeres en los re­partos del campo, provocaba una situación bastante violenta, al dis­minuir su rango en la sociedad. Podemos agregar, que el nacimiento de una mujer en el hogar de un colono no fue considerado como un "regalo", sino como carga; en cambio, la aparición de un varón sig­nificaba por ese mero hecho, el aumento de la riqueza material.

Al quedar excluida la "mujer" de los derechos y ventajas comunes a los hombres y como no podía ser aban­donada a un destino incierto, el Código MIR establecía que el hijo menor de cada familia asumiría la responsabilidad de "mantener" a su madre viuda y a las hermanas solteras. En caso de minoridad o im­pedimento, el padre podía designar en vida, otro hijo reemplazante o tutor y cuando no había podido cumplir con dicho requisito le­gal, lo realizaban las autoridades competentes.

Cuando el único hijo varón era "incapaz", la ley preveía que un pariente cercano pobre asumiría dicha responsabilidad; y siendo va­rios, se sortearía un candidato. Por último, cuando todos los hijos eran del sexo femenino, continuarían con la chacra hasta tanto que la ma­dre o alguna de las hijas contrajera matrimonio. Naturalmente, que esta responsabilidad involucraba un "premio" o ventaja material, ya que el varón "obligado o responsable", era único y total heredero de la casa habitación, patio, huerta y galpones de almacenaje de la ex­plotación rural o granja; vale decir, que el hijo "varón menor o sus­tituto" legal, a cambio del mantenimiento de su madre y/o hermanas solteras durante su viudez o soltería, heredaba el casco de la chacra asignada a la familia, no así el campo laborable.

Independientemente, todos los varones participaban — en común — de la distribución del campo disponible; este aspecto fue lo único normal y positivo del MIR, ya que impedía el ingreso y radicación de extraños a la aldea”.

 

 

 

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